Placas solares en la provincia de Málaga: los 103 municipios
Málaga tiene una ficha por municipio. Cada kWp instalado produce entre 1.545 y 1.749 kWh al año según el municipio. Elige el tuyo para ver su producción estimada, lo que bonifica tu ayuntamiento en el IBI y el ICIO y las ayudas que puedes pedir.
Casarabonela 1.647 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: No bonifica.
Casares 1.681 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: No bonifica.
Cañete la Real 1.685 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: la fiscalidad no está verificada.
Colmenar 1.680 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: falta verificar el ICIO.
Comares 1.650 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: No bonifica.
Cortes de la Frontera 1.645 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: la fiscalidad no está verificada.
Coín 1.649 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: la fiscalidad no está verificada.
Cuevas Bajas 1.633 kWh/kWp al año. IBI: 30 %. ICIO: No bonifica.
Cuevas de San Marcos 1.647 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: 50 %. — Sin indexar: falta verificar el IBI.
Cuevas del Becerro 1.659 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: la fiscalidad no está verificada.
Viñuela 1.665 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: No bonifica.
Vélez-Málaga 1.735 kWh/kWp al año. IBI: 50 %. ICIO: No bonifica.
Yunquera 1.642 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: 50 %.
Álora 1.637 kWh/kWp al año. IBI: No bonifica. ICIO: No bonifica.
Árchez 1.668 kWh/kWp al año. IBI: Pendiente de verificar. ICIO: Pendiente de verificar. — Sin indexar: la fiscalidad no está verificada.
Incentivos INEA 2026, Programa 1, Subtipo 1.1.2: eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales privados (Verificado · Abierta hasta el 30/09/2027). 50 %. Envolvente, climatización, ACS o iluminación. Ciudadanos: 50 %, hasta 65 % con intensificadores (p. ej. incorporación de renovables, ESE). Las renovables incluidas no pueden superar el 50 % de la inversión. 50 % ciudadanos, hasta 65 % con intensificadores. Importe mínimo a solicitar: 10.000 €. Requisitos: Mejora de al menos una letra en la calificación energética; Reducción del consumo de energía primaria no renovable y de emisiones de CO2. Norma: Resolución de 21/09/2026 de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA nº 187, de 25/09/2026). Fuente. Revisado el 21/10/2026.
Incentivos INEA 2026, Programa 1, Tipo 1.3: energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados (Agencia Andaluza de la Energía) (Verificado · Abierta hasta el 30/09/2027). 55 %. Equipos nuevos de tecnología solar con almacenamiento. Particulares: 55 % (+ hasta 10 % adicional, p. ej. comunidad energética, autoconsumo colectivo, ESE o municipio de reto demográfico). Concurrencia no competitiva. 55 % particulares, autónomos, micropymes y pequeñas empresas; 45 % medianas; 35 % grandes; +10 % adicional si se cumplen requisitos. Solo para instalaciones con batería. Importe mínimo a solicitar: 6.000 €. Requisitos: Instalación solar con almacenamiento (batería) en la misma actuación; Solicitud telemática en https://incentivos.agenciaandaluzadelaenergia.es/orden24en/; Particulares: se admiten actuaciones iniciadas desde el 1/5/2025. Norma: Resolución de 21/09/2026 de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA nº 187, de 25/09/2026); bases: Orden de 24/04/2025 (BOJA nº 81, 30/04/2025). BDNS 930702/930703/930704. Fuente. Revisado el 21/10/2026.
Deducción IRPF por instalación de sistemas de autoconsumo renovable (DA 62.ª LIRPF) (Verificado · Abierta hasta el 31/12/2026). 20 %. 10 % de lo pagado por la instalación en inmueble propio, o 20 % si la vivienda está en edificio de uso predominantemente residencial. 10 % general; 20 % en edificio de uso predominantemente residencial. Requisitos: Instalación realizada, terminada y pagada en 2026; Pago no en efectivo; Certificado de Instalación Eléctrica (REBT, RD 244/2019); No afecta a actividad económica; Se restan las subvenciones recibidas. Norma: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21/03/2026), art. 36.Tres. Fuente. Revisado el 21/10/2026.
Deducción IRPF por obras de mejora de eficiencia energética: reducción de consumo de energía primaria no renovable (DA 50.ª, 40 %) (Verificado · Abierta hasta el 31/12/2026). 40 %. Requisitos: Reducción ≥30 % del consumo de energía primaria no renovable, o calificación A o B; Certificados energéticos antes y después; el posterior antes del 1/1/2027. Requisitos: Reducción ≥30 % del consumo de energía primaria no renovable, o calificación A o B; Certificados energéticos antes y después; el posterior antes del 1/1/2027. Norma: DA 50.ª LIRPF; prórroga según AEAT por RDL 7/2026 art. 36.Uno. Fuente. Revisado el 21/10/2026.
Deducción IRPF por obras de mejora de eficiencia energética: reducción de demanda de calefacción y refrigeración (DA 50.ª, 20 %) (Verificado · Abierta hasta el 31/12/2026). 20 %. Requisitos: Reducción ≥7 % de la demanda de calefacción y refrigeración acreditada con certificados energéticos antes y después; Certificado posterior antes del 1/1/2027. Requisitos: Reducción ≥7 % de la demanda de calefacción y refrigeración acreditada con certificados energéticos antes y después; Certificado posterior antes del 1/1/2027. Norma: DA 50.ª LIRPF; prórroga según AEAT por RDL 7/2026 art. 36.Uno. Fuente. Revisado el 21/10/2026.
Deducción IRPF por obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial (DA 50.ª, 60 %) (Verificado · Abierta hasta el 31/12/2027). 60 %. Requisitos: Edificio de uso predominantemente residencial; Certificados energéticos antes y después; el posterior antes del 1/1/2028. Requisitos: Edificio de uso predominantemente residencial; Certificados energéticos antes y después; el posterior antes del 1/1/2028. Norma: DA 50.ª LIRPF; prórroga según AEAT por RDL 7/2026 art. 36.Uno. Fuente. Revisado el 21/10/2026.