Solberia
En Alhaurín el Grande, cada kWp de placas solares produce unos 1.600 kWh al año. Aquí tienes los datos con su fuente, una calculadora y, si quieres, un presupuesto de un instalador de la zona.
27.552 habitantes.
Una instalación de referencia de 4 kWp en Alhaurín el Grande produciría unos 6.402 kWh al año (1.600 kWh por kWp, PVGIS v5.3 (PVGIS-SARAH3)). Inclinación óptima orientativa: 32°.
IBI: 15 %.
Bonificación del 15 % del IBI durante 3 años. Art. 4.º E: 15 % de la cuota íntegra durante un máximo de 3 años, desde el periodo impositivo siguiente a la instalación. Requisitos: Solo inmuebles de uso residencial (catastral); Mínimo 4 m² de superficie de apertura de captación solar; Colectores homologados; Instalación voluntaria (no obligatoria por normativa); Inmueble dado de alta en catastro; Carácter rogado: solicitar antes del 1 de febrero de cada año; Fotovoltaica: inscripción en registro de instalaciones (RAIPRE/Junta). Tope: Máximo 100 €/año (en propiedad horizontal, 100 €/año por propietario). Cómo pedirla: Antes del 1 de febrero de cada año. Fuente oficial del IBI: Ordenanza fiscal del IBI, texto de 2024 (Pleno de 05/09/2023 y 15/09/2023), BOP de Málaga nº 234, de 11/12/2023.
ICIO: 25 %.
Bonificación del 25 % del ICIO. Art. 4.º D: 25 % de la cuota para las obras con aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. No fija un tope en euros. Requisitos: Obras que incorporen sistemas de energía solar para autoconsumo; Carácter rogado: solicitud; Certificado de la Oficina Técnica Municipal. Fuente oficial del ICIO: Ordenanza fiscal del ICIO, texto de 2020 (el documento no indica el número de BOP).
Estado: Verificado. Revisado el 21/10/2026.
Ahorro anual estimado de la energía: 742,64 €. Coste orientativo: 5.600,00 €. Se descuenta una deducción IRPF nacional verificada de 1.000,00 €, sin sumar otras ayudas. La amortización orientativa es de 6,2 años. La estimación usa el 20 % (10 % general; 20 % en edificio de uso predominantemente residencial). En una vivienda unifamiliar, o que no esté en un edificio de uso predominantemente residencial, puede ser el 10 %, y la deducción, menor.
Supuestos de ejemplo: 70 % de la producción se autoconsume a 0,14 €/kWh y el resto se valora a 0,06 €/kWh. El coste de referencia es 1.400,00 € por kWp. El IBI y el ICIO se informan como bonificación, sin convertirlos a euros.
Cifras orientativas calculadas con los supuestos indicados. No son una oferta de instalación ni un dato oficial del ayuntamiento o de la Agencia Tributaria. La bonificación de IBI e ICIO depende de la ordenanza vigente: contrasta la fuente y la fecha de revisión.
Una instalación de referencia de 4 kWp en Alhaurín el Grande produciría unos 6.402 kWh al año (1.600 kWh por kWp, PVGIS v5.3 (PVGIS-SARAH3)). Inclinación óptima orientativa: 32°.
Bonificación del 15 % del IBI durante 3 años. Art. 4.º E: 15 % de la cuota íntegra durante un máximo de 3 años, desde el periodo impositivo siguiente a la instalación. Requisitos: Solo inmuebles de uso residencial (catastral); Mínimo 4 m² de superficie de apertura de captación solar; Colectores homologados; Instalación voluntaria (no obligatoria por normativa); Inmueble dado de alta en catastro; Carácter rogado: solicitar antes del 1 de febrero de cada año; Fotovoltaica: inscripción en registro de instalaciones (RAIPRE/Junta). Tope: Máximo 100 €/año (en propiedad horizontal, 100 €/año por propietario). Cómo pedirla: Antes del 1 de febrero de cada año. Fuente oficial del IBI: Ordenanza fiscal del IBI, texto de 2024 (Pleno de 05/09/2023 y 15/09/2023), BOP de Málaga nº 234, de 11/12/2023
Bonificación del 25 % del ICIO. Art. 4.º D: 25 % de la cuota para las obras con aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. No fija un tope en euros. Requisitos: Obras que incorporen sistemas de energía solar para autoconsumo; Carácter rogado: solicitud; Certificado de la Oficina Técnica Municipal. Fuente oficial del ICIO: Ordenanza fiscal del ICIO, texto de 2020 (el documento no indica el número de BOP)
Incentivos INEA 2026, Programa 1, Tipo 1.3 solo cubre instalaciones con batería. Hay que pedir un incentivo de al menos 6.000 €: con el 55 %, eso supone una inversión subvencionable de unos 10.910 €. Porcentajes: 55 % particulares, autónomos, micropymes y pequeñas empresas; 45 % medianas; 35 % grandes; +10 % adicional si se cumplen requisitos. Plazo: Abierta hasta el 30/09/2027. Fuente: Resolución de 21/09/2026 de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA nº 187, de 25/09/2026); bases: Orden de 24/04/2025 (BOJA nº 81, 30/04/2025). BDNS 930702/930703/930704
10 % de lo pagado por la instalación en inmueble propio, o 20 % si la vivienda está en edificio de uso predominantemente residencial. Requisitos: Instalación realizada, terminada y pagada en 2026; Pago no en efectivo; Certificado de Instalación Eléctrica (REBT, RD 244/2019); No afecta a actividad económica; Se restan las subvenciones recibidas. La estimación usa el 20 % (10 % general; 20 % en edificio de uso predominantemente residencial). En una vivienda unifamiliar, o que no esté en un edificio de uso predominantemente residencial, puede ser el 10 %, y la deducción, menor. Plazo: Abierta hasta el 31/12/2026. Fuente: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21/03/2026), art. 36.Tres
Sí, pero no se suman enteras: la deducción del IRPF se calcula sobre lo que pagas, y la norma dice: «Se restan las subvenciones recibidas». Por eso la calculadora aplica la deducción al coste menos la ayuda. Fuente: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21/03/2026), art. 36.Tres
Ahorro anual estimado de la energía: 742,64 €. Coste orientativo: 5.600,00 €. Se descuenta una deducción IRPF nacional verificada de 1.000,00 €, sin sumar otras ayudas. La amortización orientativa es de 6,2 años. Cifras orientativas calculadas con los supuestos indicados. No son una oferta de instalación ni un dato oficial del ayuntamiento o de la Agencia Tributaria. La bonificación de IBI e ICIO depende de la ordenanza vigente: contrasta la fuente y la fecha de revisión.
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