Solberia
En Pizarra, cada kWp de placas solares produce unos 1.651 kWh al año. Aquí tienes los datos con su fuente, una calculadora y, si quieres, un presupuesto de un instalador de la zona.
10.334 habitantes.
Una instalación de referencia de 4 kWp en Pizarra produciría unos 6.605 kWh al año (1.651 kWh por kWp, PVGIS v5.3 (PVGIS-SARAH3)). Inclinación óptima orientativa: 33°.
IBI: No bonifica.
No bonifica: la ordenanza fiscal revisada no recoge bonificación del IBI por autoconsumo solar. Solo bonifica las VPO (50 %, art. 3), las familias numerosas (60 %, art. 4) y el suelo urbanizable (60 %, art. 5). No hay bonificación por energía solar. Salvedad: Es un texto de 2016 y no hemos podido comprobar en el BOP si hay modificaciones posteriores. Fuente oficial del IBI: Ordenanza del IBI de Pizarra, firmada el 08/01/2016 (portal de transparencia de la Diputación de Málaga).
ICIO: 50 %.
Bonificación del 50 % del ICIO. Art. 3.7: 50 % para las construcciones, instalaciones y obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar no obligatorios por normativa. Se aplica sobre la cuota que queda tras la bonificación del apartado 5. No fija un tope en euros. Requisitos: Instalación no obligatoria por normativa; Instalaciones de producción de calor: colectores homologados por la Administración competente; Se aplica sobre la cuota tras la bonificación de especial interés (apdo. 5); Carácter rogado (art. 3.8): solicitar antes de la licencia de obras. Cómo pedirla: Antes de la concesión de la licencia de obras. Fuente oficial del ICIO: Ordenanza fiscal del ICIO de Pizarra, BOP de Málaga nº 12, de 20/01/2025 (aprobación definitiva del acuerdo del Pleno de 25/07/2024).
Estado: Verificado. Revisado el 21/10/2026.
Ahorro anual estimado de la energía: 766,18 €. Coste orientativo: 5.600,00 €. Se descuenta una deducción IRPF nacional verificada de 1.000,00 €, sin sumar otras ayudas. La amortización orientativa es de 6,0 años. La estimación usa el 20 % (10 % general; 20 % en edificio de uso predominantemente residencial). En una vivienda unifamiliar, o que no esté en un edificio de uso predominantemente residencial, puede ser el 10 %, y la deducción, menor.
Supuestos de ejemplo: 70 % de la producción se autoconsume a 0,14 €/kWh y el resto se valora a 0,06 €/kWh. El coste de referencia es 1.400,00 € por kWp. El IBI y el ICIO se informan como bonificación, sin convertirlos a euros.
Cifras orientativas calculadas con los supuestos indicados. No son una oferta de instalación ni un dato oficial del ayuntamiento o de la Agencia Tributaria. La bonificación de IBI e ICIO depende de la ordenanza vigente: contrasta la fuente y la fecha de revisión.
Una instalación de referencia de 4 kWp en Pizarra produciría unos 6.605 kWh al año (1.651 kWh por kWp, PVGIS v5.3 (PVGIS-SARAH3)). Inclinación óptima orientativa: 33°.
No bonifica: la ordenanza fiscal revisada no recoge bonificación del IBI por autoconsumo solar. Solo bonifica las VPO (50 %, art. 3), las familias numerosas (60 %, art. 4) y el suelo urbanizable (60 %, art. 5). No hay bonificación por energía solar. Salvedad: Es un texto de 2016 y no hemos podido comprobar en el BOP si hay modificaciones posteriores. Fuente oficial del IBI: Ordenanza del IBI de Pizarra, firmada el 08/01/2016 (portal de transparencia de la Diputación de Málaga)
Bonificación del 50 % del ICIO. Art. 3.7: 50 % para las construcciones, instalaciones y obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar no obligatorios por normativa. Se aplica sobre la cuota que queda tras la bonificación del apartado 5. No fija un tope en euros. Requisitos: Instalación no obligatoria por normativa; Instalaciones de producción de calor: colectores homologados por la Administración competente; Se aplica sobre la cuota tras la bonificación de especial interés (apdo. 5); Carácter rogado (art. 3.8): solicitar antes de la licencia de obras. Cómo pedirla: Antes de la concesión de la licencia de obras. Fuente oficial del ICIO: Ordenanza fiscal del ICIO de Pizarra, BOP de Málaga nº 12, de 20/01/2025 (aprobación definitiva del acuerdo del Pleno de 25/07/2024)
Incentivos INEA 2026, Programa 1, Tipo 1.3 solo cubre instalaciones con batería. Hay que pedir un incentivo de al menos 6.000 €: con el 55 %, eso supone una inversión subvencionable de unos 10.910 €. Porcentajes: 55 % particulares, autónomos, micropymes y pequeñas empresas; 45 % medianas; 35 % grandes; +10 % adicional si se cumplen requisitos. Plazo: Abierta hasta el 30/09/2027. Fuente: Resolución de 21/09/2026 de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA nº 187, de 25/09/2026); bases: Orden de 24/04/2025 (BOJA nº 81, 30/04/2025). BDNS 930702/930703/930704
10 % de lo pagado por la instalación en inmueble propio, o 20 % si la vivienda está en edificio de uso predominantemente residencial. Requisitos: Instalación realizada, terminada y pagada en 2026; Pago no en efectivo; Certificado de Instalación Eléctrica (REBT, RD 244/2019); No afecta a actividad económica; Se restan las subvenciones recibidas. La estimación usa el 20 % (10 % general; 20 % en edificio de uso predominantemente residencial). En una vivienda unifamiliar, o que no esté en un edificio de uso predominantemente residencial, puede ser el 10 %, y la deducción, menor. Plazo: Abierta hasta el 31/12/2026. Fuente: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21/03/2026), art. 36.Tres
Sí, pero no se suman enteras: la deducción del IRPF se calcula sobre lo que pagas, y la norma dice: «Se restan las subvenciones recibidas». Por eso la calculadora aplica la deducción al coste menos la ayuda. Fuente: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21/03/2026), art. 36.Tres
Ahorro anual estimado de la energía: 766,18 €. Coste orientativo: 5.600,00 €. Se descuenta una deducción IRPF nacional verificada de 1.000,00 €, sin sumar otras ayudas. La amortización orientativa es de 6,0 años. Cifras orientativas calculadas con los supuestos indicados. No son una oferta de instalación ni un dato oficial del ayuntamiento o de la Agencia Tributaria. La bonificación de IBI e ICIO depende de la ordenanza vigente: contrasta la fuente y la fecha de revisión.
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